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Marzo 31, 2019 21:12 hrs.

Emiliano Carrillo Carrasco › tabloiderevista.com

Política ›


LA SITUACIÓN DE LA IGUALDAD Y LIBERTAD
LAS CONSTITUCIONES GARANTIZAN A TODA PERSONA UNA SERIE DE FACULTADES, Y SE LE GARANTIZAN POR EL SOLO HECHO DE EXISTIR Y DE VIVIR EN ESE ESTADO.

Coetáneo o simultáneo: cosas que pasan en el mismo tiempo, esto es la igualdad en un estado de tiempo de cada 3 o 6 años que permite esa igualdad democrática en designar a nuestros gobiernes a través del voto directo ,que permite la instrumentación de ese mandato de otorgar un poder público condicionado a la subjetividad de las masas o de las personas en su rol de compromiso colectivo o individual en cada municipio o región , esto es , que a la voluntad ciudadana en un esquema de sistema de partidos y a la traducción del artículo 39 de la constitución en forma dogmatiza
----Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. ----- . Se traduce ese poder público de los gobernador en sus tres niveles de gobierno y a los poderes llámese al poder ejecutivo y legislativo y un tercero el poder judicial con sus atribuciones de la misma constitución de sus artículos 94 al 107, instrumento de la legalidad y el estado de derecho a los actos del poder público, que no vulneren a la constitución.

Toda persona gozará de las garantías que otorga esta Constitución", significa que los derechos que todo ser humano tiene son perfectamente reconocidos, pero su efectividad depende de que sean garantizados --es decir, afianzados o asegurados- mediante normas de rango supremo, de modo que las autoridades del Estado deban someterse a lo estipulado por ellas

Todos los actos del poder público en funcionarios públicos en su articulado del 108 al 114 de nuestra carta magna, estable las responsabilidades en su función de la administración de estado mexicano y las restricciones a esos actos que pueden llevar a la ilicitudes administrativas y penales a los representantes de elección popular, o sea la democracia a través de un sistema de partidos a una ley general de sistema de partidos para su funcionamiento orgánicamente y a los derechos de los ciudadanos en la política , o sea el artículo 35 de la constitución --- Artículo 35. Son derechos del ciudadano: I. Votar en las elecciones populares; II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación--- , un derecho ciudadano de participar en la actividad política y a garantizar por la ley ese derecho, pero con sus limitaciones de violaciones en cuando acuerdos y desplazamiento de esas garantías o derechos humanos transgredidos por los partidos nacionales o locales , dejando en estado de indefinición a la ciudadanía por esos vicios ocultos . Esa libertad condicionada y al accionar de la subjetividad de hacer o no hacer el ciudadano, por los actos de los partidos y al partido en el gobierno, ante los a órganos correspondientes diseñados a proteger esos derechos humanos en su artículo 1 de la constitución:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece .
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

La libertad es un derecho subjetivo de los ciudadanos que tienen esa faculta de accionar ante la unilateridad de los gobernantes ,ante los gobernados , que activan sus actos a nombre de la población que puede ser positiva o negativa , y esto , permite el accionar del derecho de las personas . Artículo 7º. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6º. . de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.

Las constituciones garantizan a toda persona una serie de facultades, y se le garantizan por el solo hecho de existir y de vivir en ese Estado. ’El parecer doctrinario permite concluir que, en efecto, las garantías individuales suponen una relación jurídica de supra-subordinación entre los gobernados y las autoridades estatales ’. Los primeros son los sujetos activos de la relación, en tanto que los segundos participan en ella como sujetos pasivos. Los activos son los individuos, es decir, las personas físicas o morales, con independencia de sus atributos jurídicos -tales como la capacidad- o políticos-por ejemplo, no importa que no sean ciudadanos.

Los sujetos pasivos son el Estado y sus autoridades, así como organismos descentralizados, cuando realizan actos de autoridad frente a particulares. Los supuestos de restricción o suspensión de las garantías individuales se hallen previstos en la propia Constitución, como lo demuestra su artículo 29 (este artículo es el eje de la policía militar que fue reformada en marzo del 2019), no debe olvidarse que el medio protector por excelencia de las propias garantías también figura en el texto constitucional, concretamente en los artículos 103 y 107, relativos al juicio de amparo.

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