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Agosto 08, 2019 01:53 hrs.

Emmanuel Ameth › Emmanuel Ameth Noticias

Política ›


Suman 28 entidades además de la esfera federal donde las Procuradurías han transitado a ser Fiscalías para convertirse en órganos autónomos y profesionales; Hidalgo, Baja California, Baja California Sur y Tlaxcala son las únicas que se han negado al cambio.

De los 4 referidos, solamente dos cuentan con mayoría relativa de Morena: Hidalgo y Baja California.

Pese a ello, la agenda legislativa del Congreso de Hidalgo no contempla la transición hacia una Fiscalía según puede apreciarse en el documento ’Hallazgos 2018’ elaborado por México Evalúa, mismo que fue elaborado para el seguimiento y evaluación del sistema de justicia penal en México.

Y es que entre muchos otros rubros, la transición requeriría la ratificación o nueva convocatoria para la designación de su titular; actualmente, Raúl Arroyo es quien comanda la Procuraduría estatal.

Pese a que el funcionario fue electo por ’la pasada legislatura’, de la que la bancada de Morena acusa cometió distintos ’albazos’, es la fecha en la que no existe una iniciativa para modificar la institución.

Las fiscalías en el país

“Hasta mediados de 2019, son 28 las entidades federativas que han transitado o iniciado procesos de transición de procuradurías a fiscalías, con la finalidad de contar con órganos autónomos y profesionales.

Únicamente Baja California, Baja California Sur, Hidalgo y Tlaxcala continúan con un esquema de Procuraduría. Estos procesos de transformación institucional han despertado, hasta ahora, más interrogantes que certezas, pues vienen acompañados de múltiples modificaciones al marco normativo, pero de cambios menores en el diseño organizacional y en los modelos de gestión”, precisa el documento.

Un procurador designado al margen de la Ley

Raúl Arroyo González, Procurador del Estado de Hidalgo para llevar sus funciones durante 5 años, podría haber tenido un nombramiento ’irregular’, tal como se le acusó al funcionario que relevó (de quien una fracción partidista refirió un conflicto de interés por haber sido Magistrado Electoral previo a su nombramiento) dados los lineamientos de la Ley Orgánica del Ministerio Público así como de la propia Constitución Política del estado.

1. De acuerdo con la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo, los candidatos a ocupar el cargo (5 de ellos) que serán presentados al Congreso para su consideración y posterior nombramiento, debieron ser precedidos de una Convocatoria Pública Abierta, misma de la cual no se tiene antecedente.

2. La Constitución Política del Estado de Hidalgo en su artículo 92, no contempla que el titular de la Procuraduría pueda renunciar a sus funciones de manera voluntaria. Sin embargo, la misma ley nos lleva nuevamente (Art. 91) a la Ley Orgánica, en la que se establece que en caso de ausencia definitiva los funcionarios son suplidos, a diferencia de lo que se hizo que fue un nuevo nombramiento.

3. Por último, la Fracción III del artículo 92 ya citado de la Constitución Política de Hidalgo, destaca una residencia de al menos tres años en la entidad a la fecha de la designación.

Sin embargo, de los 36 meses referidos, la misma página del senado revela que hasta agosto de 2015 se desempeñó como Delegado de la PGR en el Estado de México, existiendo uno o incluso dos meses que le faltarían de radicación en la entidad para cumplir con lo que la ley dicta.

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Apapacha Congreso de Hidalgo a Raúl Arroyo: es una de las 4 entidades que rechazan Fiscalía

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