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Diciembre 02, 2021 18:36 hrs.

Marco Antonio Baños Avendaño › diarioalmomento.com

Policiaca ›


El Viernes 10 de Diciembre de 2021, a las 11:00 horas, se presentará la obra ’El Constitucionalismo mexicano de las entidades federativas’, tendremos como escenario la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca en presencia del Director de la Facultad de Derecho y C.S. Dr. Carlos Perezcampos Mayoral, tendrá verificativo la presentación del Libro, del gran Autor Dr. Manuel González Oropeza y Dr. César Camacho, Editorial: El Colegio Mexiquense, de este Año 2021, comentaremos el Libro el Dr. Francisco Martínez Sánchez y servidor Dr. Marco Antonio Baños Avendaño, ya que se expone en el Libro con gran acierto, que México es una república representativa, democrática, laica y federal. En un sistema federal, la protección de la Constitución federal no es únicamente obligación de la federación, sino que los estados cuentan igualmente con la obligación de protegerla y preservarla.

Este tema, recupera las instituciones constitucionales de los estados, y explica a la luz del examen jurídico la manera en que las constituciones de los estados se han adaptado y como han aportado a la protección de los derechos humanos, la organización y el control de los poderes a lo largo de la historia constitucional de México. Comenzando desde el origen y explicación del artículo 133 constitucional y el significado del federalismo a nivel constitucional, los autores nos revelan el nacimiento de las constituciones de las entidades federativas, los sistemas de protección de derechos humanos, los controles constitucionales locales, finalizando con la institución municipal en el constitucionalismo estatal.

A través de una minuciosa explicación jurídica y constitucional el libro expone los pormenores constitucionales de los Estados mexicanos en relación a la Constitución Federal. El libro nos abre la perspectiva sobre el constitucionalismo de las entidades federativas de cara al siglo XXI, de la transición de un federalismo originario a unas innovaciones constitucionales dentro del régimen interior de los estados, basado en un control interno de constitucionalidad. El nombre oficial de nuestro país es descriptivo: lo integran los estados de la Unión unidos e un sistema federal. Su denominación y aspectos constitucionales no han cambiado en casi 200 años, excepto en períodos cortos donde varió la forma de gobierno por el centralismo y la breve invasión francesa que dio paso a una efímera monarquía, pero ni la cruenta invasión de Estados Unidos de América del Norte, logró variar los principios de gobierno. México es una república representativa, democrática, laica y federal.

Las múltiples reformas a nuestra Constitución durante el siglo XX, han repercutido en el constitucionalismo de los estados, cuyo margen de maniobra se ha reducido paulatinamente. Durante mucho tiempo, los estados ’libres, soberanos, independientes y autónomos’ del federalismo originario, han pasado a ser reproductores de las instituciones y disposiciones federales. En la actualidad, hay resistencia para sostener innovaciones constitucionales dentro del régimen interior de los estados y, en lugar de que éstos cuenten con un efectivo doble control interno de su constitucionalidad, concentrado a nivel local y difuso en el nivel federal, binomio que, inexplicablemente, se ha desconocido y concentrado a nivel federal, haciendo de la doble soberanía una ilusión.

En un sistema federal, la protección de la Constitución federal no es únicamente obligación de la federación, sino que los estados cuentan igualmente con la obligación de protegerla y preservarla; pero, de la misma manera, las entidades no deben olvidar que les compete la aplicación y salvaguarda de su propia Constitución local, emanación de la federal, y que no será preservada por autoridades federales. El control de la constitucionalidad interna de cada Estado es, a su vez, parte integrante del control constitucional genérico de la federación. En una palabra, la presente obra considera que el constitucionalismo de las entidades federativas, es parte integrante del constitucionalismo general del país. Se analiza a supremacía constitucional del artículo 133, las constituciones de las entidades federativas establecen sus propios poderes, reconocen derechos humanos particulares, organizan su régimen interior y, de esta manera, complementan el constitucionalismo federal.

Los principios orgánicos y dogmáticos de la Constitución federal gozan de plena validez en todo el país y no requieren ser refrendados por las constituciones y leyes de las entidades.

El pacto federal, con los derechos humanos, la organización de poderes de gobierno y las potestades legislativas que adopten, de acuerdo con lo que prescriben los artículos 40, 41, 115 y 116 de la carta federal, entre otros temas de alta importancia. NO FALTEN ¡

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’Constitucionalismo Mexicano de las Entidades Federativas’

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