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Abril 15, 2021 21:08 hrs.

Guillermo Pimentel Balderas › diarioalmomento.com

Política ›


• Lamentable, mayoría de senadores desatendieran razones técnicas, jurídicas y económicas expuestas por especialistas: Armando Zúñiga.

• Cualquier afectación o vulneración de datos biométricos podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación, Instituto

Cabe recordar que la bancada de Morena en el Senado de la República empujó la aprobación, en lo general, del dictamen que crea un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que recabará datos biométricos. Con apenas 54 votos en favor, 49 en contra y ocho abstenciones, pasó la polémica iniciativa, que había salido avante en la Cámara de Diputados. Los grupos de oposición (PAN, PRD, PRI y MC), anunciaron impugnar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Para la COPARMEX CDMX, la creación de un Registro de Usuarios de Telefonía Móvil viola principios constitucionales básicos pues no sirve para combatir la inseguridad y genera nuevas amenazas para la ciudadanía, mientras que, advierte el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) que cualquier afectación o vulneración de datos biométricos podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación.

Por separado, Armando Zúñiga Salinas, presidente de COPARMEX CDMX dijo que la propia experiencia mexicana muestra cómo un registro de esta naturaleza, no sirve para combatir la inseguridad y genera nuevas amenazas para la ciudadanía. ’Desde el Centro Empresarial de la Ciudad de México hacemos un llamado al Poder Ejecutivo para que revise con cuidado el proyecto y sus implicaciones antes de publicarlo en el Diario Oficial’, terció.

Además, oficializó que, la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para recrear el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, aprobada en el Senado de la República es para los integrantes de la COPARMEX CDMX una señal de riesgo que enfrentan los valores democráticos del país, representa una amenaza a los datos personales de la ciudadanía y viola diversos preceptos constitucionales.

Preocupa, delineo, que el Registro de Usuarios aprobado ayer repite los errores cometidos en regulaciones previas con las mismas características, las cuales lejos de combatir la inseguridad y la extorsión telefónica, generaron más riesgos para la ciudanía y derivaron en el aumento de esos y otros delitos nuevos derivados de las disposiciones del Registro.

’En COPARMEX CDMX lamentamos que la mayoría de las y los senadores desatendieran las razones técnicas, jurídicas y económicas expuestas por los especialistas y sus compañeros legisladores, quienes han señalado reiteradamente que el Registro de Usuarios de Telefonía en los términos en los que fue planteado viola los derechos humanos de los usuarios’, expuso.

Por su parte, el INAI, en su comunicado, expone que el registro de datos biométricos en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) para fines de identificación de la población requiere del mayor cuidado posible, ya que podría representar riesgos para la protección de los datos personales.

También, advierte que la minuta de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada en el Senado de la República, busca otorgar atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para la instalación, operación, regulación y mantenimiento del PNUTM, con la finalidad de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad pública y justicia, ante la comisión de delitos cometidos por usuarios de la telefonía móvil.

Se advierte un riesgo potencial al permitir que el manejo de información de carácter biométrico, para fines de identificación personal, pueda ser manipulado por un número elevado de operadores de telefonía, pues se presume que serán las propias empresas las encargadas de recabar dichos datos.

Para el INAI, el manejo de datos biométricos relacionados con la identidad de una persona, así como el tratamiento de los otros datos que se recaben, requiere del mayor cuidado posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación, sobre todo, considerando que los datos biométricos hacen referencia a aspectos que permiten ser asociados, de manera única, a una persona y, por ende, constituyen características insustituibles.

Resulta fundamental que el tratamiento de datos biométricos cumpla con los principios, deberes, derechos, procedimientos y obligaciones, previstos en la normatividad en materia de protección de datos personales, insiste.

Asimismo, sugiere que se deberán implementar las medidas de seguridad físicas, administrativas y técnicas, acordes a los más altos estándares internacionales, a fin de garantizar el tratamiento adecuado de dichos datos y, previo a la implementación del padrón, elaborar una evaluación de impacto en la protección de datos personales.

El INAI, por último, considera imprescindible limitar al máximo la recolección de datos biométricos que pudieran revelar información sensible de las personas, así como obtener y utilizar únicamente los que sean necesarios, adecuados y no excesivos para las finalidades con las que serán recabados.

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COPARMEX CDMX e INAI, contra Registro de Usuarios de Telefonía Móvil

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