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Noviembre 03, 2022 20:35 hrs.

Marco Antonio Baños Avendaño › diarioalmomento.com

Política ›


Todas las personas tenemos las mismas necesidades básicas que deben ser atendidas para que podamos desarrollar una vida digna. Para vivir Bien necesitamos que se garantice nuestra seguridad, que se respete nuestra autonomía, que haya libertad, que se promueva la igualdad y que reinen la justicia y la solidaridad. Éstos son los grandes valores que fundamentan una vida en común satisfactoria y adecuada. Los derechos humanos sirven para conseguir que estos valores se hagan realidad.

Reconocer la existencia de derechos humanos es aceptar que cualquier persona puede exigir algunas cosas importantes y necesarias para vivir. Por ejemplo, todos podemos exigir que se respete nuestra vida, que no se nos maltrate, que se garantice nuestra libertad, que se nos trate igual que a los demás, que se nos ofrezcan medios para cuidar de nuestra salud y recibir educación.

El filósofo Immanuel Kant defendió la importancia de los derechos al explicar la diferencia que hay entre las cosas y las personas. Las cosas, según Kant, tienen un valor relativo al que llamamos precio, pero las personas tienen un valor absoluto en sí mismas al que llamamos dignidad. Por eso nunca debemos tratar a las personas sólo como un medio para conseguir nuestros objetivos. Kant creía que la dignidad de las personas nos obliga a tratar a los seres humanos como fines en sí mismos.

Los derechos humanos están basados en la necesidad de respetar la dignidad de todos los seres humanos, independientemente de sus características particulares. Los derechos humanos están recogidos en la Declaración Universal que aprobaron las Naciones Unidas en el año 1948. Esta declaración afirma que los derechos humanos tienen cuatro características muy especiales:


Los derechos humanos son universales, porque todos los tenemos por el simple hecho de ser personas, independientemente de nuestras características personales. Los derechos humanos son imprescriptibles, lo que quiere decir que no pueden quitárnoslos nunca porque jamás dejan de tener validez. Los derechos humanos son inalienables, lo que significa que no los podemos ceder a nadie. Los derechos humanos son irrenunciables, porque nadie puede renunciar a ellos.

La Declaración Universal tiene treinta artículos, que todos debemos conocer para que nadie viole nuestros derechos. Aquí tienes una lista resumida de los derechos humanos:

1. Todos nacemos libres e iguales.
2. No a la discriminación.
3. Derecho a la vida.
4. No a la esclavitud.
5. No a la tortura.
6. Tienes derechos en todas partes.
7. Todos somos iguales ante la ley.
8. Tus derechos están protegidos por la ley.
9. No a la detención ilegal.
10. Derecho a un juicio justo.
11. Todos somos inocentes hasta que se pruebe lo contrario.
12. Derecho a la privacidad.
13. Libertad de movimientos.
14. Derecho a un lugar seguro para vivir.
15. Derecho a una nacionalidad.
16. Derecho a casarse y formar una familia.
17. Derecho a la propiedad privada.
18. Libertad de pensamiento.
19. Libertad de expresión.
20. Derecho de reunión.
21. Derecho a la democracia.
22. Derecho a la seguridad social.
23. Derechos de los trabajadores.
24. Derecho al descanso.
25. Derecho a alimentación y vivienda.
26. Derecho a la educación.
27. Derecho a la cultura.
28. Derecho a un mundo justo y libre.
29. Deber de respetar los derechos de los demás.
30. Nadie puede quitarte tus derechos humanos.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sostiene que en el diseño y la ejecución de las políticas migratorias (esto es, todo acto, norma, medida u omisión institucional que regule el fenómeno migratorio) las autoridades deben proteger, respetar y garantizar los derechos humanos de las personas migrantes sin discriminación alguna, esto es, sin distinción injustificada e irrazonable y en atención al principio de igualdad como norma de ius cogens.

Conforme a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el principio de igualdad y no discriminación es un principio de carácter general en el que debe respetarse y garantizarse siempre su observancia, la cual no puede ser subordinada o condicionada a la consecución de los objetivos de las políticas migratorias.

El diseño y la ejecución de la política migratoria del Estado Mexicano encuentra un amplio espacio de discrecionalidad, todo acto, norma, medida u omisión institucional que regule el fenómeno migratorio debe realizarse con un enfoque integral, en atención a los principios de hospitalidad, solidaridad, equidad e integración, así como en estricta observancia al artículo 1. Constitucional, en otras palabras, la política migratoria debe proteger, respetar y garantizar en todo momento los derechos humanos de las personas migrantes sin discriminación alguna, sin distinción injustificada e irrazonable y en atención a la especialidad de la materia, pues el principio de no discriminación implica que no puede privarse a una persona del goce de sus derechos por una calidad migratoria.

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’Derechos Humanos y Migrantes’

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