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Octubre 24, 2025 01:51 hrs.
Guillermo Pimentel Balderas › tabloiderevista.com
Política ›
Necesario reformarla ante la realidad social y el nuevo marco constitucional de la ciudad de México.
• Propuesta ante Congreso de CDMX busca armonizar plenamente el ordenamiento local con la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
• Diputado Pablo Trejo Pérez propone en iniciativa blindar a niñas y niños en estas pensiones al poner el interés superior de este sector de la población como principio rector.
En Octubre de 2011, la entonces Asamblea Legislativa (VII Legislatura) dio a conocer la creación de la Ley de Albergues Públicos y Privados para Niñas y Niños del Distrito Federal, ’para garantizar el respeto de los derechos de los menores que se encuentran en albergues’.
Sin embargo, en 2025, esta Ley de Albergues Públicos y Privados para Niñas y Niños, ha quedado obsoleta e insuficiente ante la realidad social y el nuevo marco constitucional de la capital.
Ante estas circunstancias, el diputado Pablo Trejo Pérez presenta una iniciativa ante el Congreso de la Ciudad de México para reformar la referida ley, y propone blindar a la niñez en albergues.
En tribuna del Congreso capitalino, el legislador acentúa que la propuesta busca armonizar plenamente el ordenamiento local con la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, poniendo el interés superior de la niñez como principio rector.
Trejo Pérez enfatiza la urgencia de la reforma al señalar que la ley de antaño es obsoleta: ’La Constitución Política de la Ciudad de México ha marcado una nueva era en la protección de las libertades y los derechos fundamentales, y la ley vigente, sencillamente, ha quedado anacrónica y ahora es insuficiente, ha sido rebasada por la realidad que vive nuestra gran metrópoli’, explica.
El Diputado por el Distrito 15 de Iztacalco reseña que –de acuerdo con datos del DIF local –, el número de menores migrantes no acompañados atendidos en la Ciudad de México aumentó un 38% de 2021 a 2023, pasando de 936 a 1,297, lo cual plantea desafíos enormes para su protección en los albergues.
’La orfandad ocasionada por la pandemia’ como lo expuso que el estudio, indica que cientos de miles de niñas, niños y adolescentes en México perdieron a sus cuidadores primarios o secundarios a causa de la pandemia, sumándose a aquellos que son víctimas de abandono, vejación y maltrato familiar, para quienes los albergues son un refugio crucial.
Puntualiza Trejo Pérez que la iniciativa incorpora un capítulo dedicado a detallar los derechos sustantivos de los menores de edad en estos centros, destacando el derecho a ser reintegrados a su ambiente familiar y a mantener contacto directo con sus familiares. Asimismo, la iniciativa establece prohibiciones categóricas para proteger la dignidad e integridad de los residentes.
’La nueva ley busca blindar a la infancia contra toda forma de explotación: Queda terminantemente prohibido que los albergues obliguen, inciten o permitan que los residentes realicen actividades que vulneren su dignidad e integridad, como la solicitud de limosnas, dádivas u otras formas de explotación’.
Establece que el objetivo primordial de la reforma es la reintegración familiar y social de los menores, bajo los principios de necesidad, idoneidad, excepcionalidad y temporalidad de la estancia en albergues.
Con esta propuesta, se invita a los colegas del Congreso a sumarse: ’Hagamos, compañeras y compañeros que la Ciudad de México se ponga a la vanguardia nacional, honrando su compromiso con los derechos de la infancia. Reformar esta ley es reformar el futuro de nuestra sociedad’, afirma.
Cabe dar a conocer que los principales objetivos de la nueva Ley de Albergues son los siguientes: Armonización plena con la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Incorporar un capítulo con los derechos específicos de la niñez en albergues.
Asimismo: Establecer prohibiciones contra la explotación y actividades que vulneren la dignidad. Armonizar el diseño institucional para una vigilancia especializada y coordinada. Reforzar el principio de que la estancia en albergues debe ser siempre temporal y con enfoque en la reintegración familiar.
En ese entonces (2011), se estableció que con esta ley ’se fortalece la vigilancia y evaluación de los albergues a través del Consejo de Asistencia e Integración Social del Distrito Federal que evaluará y supervisará el cumplimiento de objetivos, metas, cobertura, impacto de los programas que en materia de prevención civil, salud y desarrollo humano se apliquen en dichos albergues’.
Y que, entre otras funciones, ’este consejo deberá apoyar y promover los planes, programas y proyectos en materia de protección y defensa de las niñas y niños en los albergues e informar cada año a la Asamblea Legislativa sobre los resultados de la supervisión y evaluación en materia de salud y protección civil y del cumplimiento de esta ley. Además, establece los requisitos para obtener el certificado para el funcionamiento de estos albergues, que será expedido por la delegación correspondiente y señala las causas de revocación de dicho certificado’.
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