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Febrero 21, 2022 22:58 hrs.

Guillermo Pimentel Balderas › diarioalmomento.com

Salud ›


• No les pagan ’Bono de Reyes’, denuncian por separado en escritos. ¿Austeridad republicana?

• Lorena Ortiz Genis, ex de ayudantía del presidente, lesiona sus derechos laborales, aseguran.

En un escrito que firma Heriberto Romero Peralta, secretario técnico y presidente en funciones por ausencia de la Comisión de Vigilancia del ISSSTE, se denuncia que funcionarios de este Instituto: Almendra Lorena Ortiz Genis, Directora Normativa de Administración y Finanzas, (quien surgió de la ayudantía del presidente Andrés Manuel López Obrador), y a Judith Rojas Velasco, Subdirectora de Personal, lesionan derechos laborales de 12 mil 500 trabajadores operativos de confianza al tratarlos como de ’segunda categoría’.

El documento STCV/0045/2022 -de fecha 12 de enero de este año-, es dirigido al encargado de la Institución, Pedro Zenteno Santaella –con copia a Ortiz Genis-, en el cual se le recuerda al funcionario que, en su gestión como director normativo de Administración y Finanzas, se pagó ’puntual y oportunamente’ la prestación económica: ’Bono de Reyes’.

Hace más de un mes -12 de enero de 2022-, la Comisión de Vigilancia del ISSSTE, hizo la denuncia por escrito, en el cual se expone, a Zenteno Santaella, las demandas -con amplias posibilidades que prosperen-, con una extensa explicación jurídica que sustenta la argumentación que hacen obligatorio el pago del citado bono, por la cantidad de mil 605.40 pesos –a cada uno-, y no sólo a los trabajadores de base, ya que en los últimos 30 años se cubrió también a los operativos de confianza y por tanto se convirtió en una costumbre que es legalmente exigible.

Se especifica que la Ley Federal del Trabajo es supletoria de lo no contemplado por la de los Trabajadores al Servicio del Estado que, aplica a las relaciones laborales en el ISSSTE, y en su artículo 17 prescribe que en los casos en los que no exista disposición expresa, como es el caso, se debe tomar en cuenta, la costumbre y la equidad.

Se precisa: ’se puede aplicar la fracción VII del artículo 2 de las condiciones generales de trabajo vigentes en el ISSSTE, debido a que los trabajadores operativos de confianza ’realizan funciones y actividades análogas a los trabajadores de base’.

Se detalla que ese artículo contempla que la relación jurídica de trabajo entre el titular del instituto y los trabajadores de base se regirá, entre otros elementos los que detalla la fracción señalada, como son la costumbre, el uso y la equidad ’aplicados supletoriamente’.

Se recomienda al funcionario girar instrucciones al área de Ortiz Genis para pagar de inmediato el ’Bono de Reyes’, e instruirla a que se adopten medidas para que no se vuelva a presentar ningún tipo de dilación en el cumplimiento de esa obligación.

’No es la primera ocasión en que se cuestionan disposiciones del área administrativa. En agosto, se envió un documento al entonces director normativo de Administración y Finanzas, general Jens Pedro Lohmann -actual director de la paraestatal Biológicos y Reactivos de México, BIRMEX- en el que se señala que el Calendario de los Procesos de Nómina, implementado por la subdirectora de personal, es violatorio de derechos laborales’.

Por lo tanto, se advierte que la negativa u omisión en el pago oportuno de esta prestación, no sólo lesiona derechos laborales, si no que, genera para el ISSSTE, un clima laboral negativo y afectante en la ejecución de las labores del personal perjudicado, además de exponer al Instituto a demandas laborales con amplias posibilidades de que prosperen en contra de los intereses de la institución.

De la ayudantía de presidencia a Directora de Administración y Finanzas
Por su parte -también por medio de un escrito a la funcionaria que ocupa el cargo gracias al entonces director normativo de Administración y Finanzas, general Jens Pedro Lohmann-, el presidente del Sindicato Independiente de Trabajadores del ISSSTE (SITISSSTE), Carlos Alberto Hernández Neto, señala que de acuerdo con los artículos 6 y 17 de la Ley Federal del Trabajo, a falta de disposición expresa en el pago de prestaciones, retribuciones y estímulos, se deberán tomar en consideración los principios generales de derecho y la costumbre, dándole la interpretación más favorable para el trabajador.

Incluso, agrega que los artículos 1 y 127 fracción I de la Constitución de país, contemplan que las prestaciones laborales forman parte del sueldo de los trabajadores y que no puede aplicarse, en tal virtud, la falta del pago de las mismas.

Hernández Neto recordó que el ’Bono de Reyes’ se les paga a los trabajadores de confianza desde hace por lo menos 30 años, por lo que es un derecho consuetudinario. Sin embargo, Rojas Velasco justifica su posición argumentando que esa prestación carecía de sustento jurídico, ya que sólo se les debía entregar a los trabajadores de base y no a los de confianza. ¿Austeridad república a costa de trabajadores?

Correo: guillermo.pumageneracion1979@gmail.com

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Piden a ISSSTE no discriminar a trabajadores de confianza

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